Lo que organizaciones defensoras del patrimonio arquitectónico porteño no consiguieron en la Legislatura lo obtuvieron a través de la Justicia. El viernes por la noche, pocas horas después de recibir en su juzgado una acción de amparo firmada por varias ONGs, la jueza Andrea Danas le prohibió al Gobierno de la Ciudad que autorice la demolición de cualquier edificio porteño anterior a 1941.
El expediente deberá pasar esta semana a otro juez ya que el viernes, día inhábil para los Tribunales, Danas era la jueza de turno.
La decisión fue tomada debido a que el último día de este año vence la protección establecida por la ley 2.548 . Esta norma dice que los pedidos para demoler edificios de más de 70 años de antigüedad deben ser analizados por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales. Sólo si este organismo entiende que el inmueble no tiene valor patrimonial, queda liberada la demolición.
Esta ley fue prorrogada varias veces, pero este año el bloque del PRO rechazó someterla nuevamente a votación en el recinto. Varios bloques opositores insistieron para prorrogarla, pero no consiguieron los votos suficientes.
La jueza Danas dictó una medida precautelar , que es una resolución urgente con la que se busca impedir que una situación de hecho provoque una acción irreparable.
El fundamento de la jueza fue, por un lado, que la Legislatura todavía tiene formalmente el tema en discusión y que entonces se debe congelar la situación como está ahora, hasta que los diputados resuelvan. En ese sentido, pidió a la Legislatura que envíe a Tribunales copias de los expedientes sobre el tema.
También se apoyó en el artículo 27 de la Constitución porteña, que establece que la Ciudad debe preservar su patrimonio urbanístico y arquitectónico.
El amparo fue presentado por las organizaciones Basta de Demoler, Fundación Ciudad y S.O.S Caballito, que señalaron que la medida judicial “permitirá que mientras transcurra el debate en la Legislatura no exista especulación inmobiliaria que pretenda apurar las demoliciones aprovechando la desprotección legal”.
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